Tuesday 3 April 2018

Incidentes de seguridad en el nuevo RGPD

Una de las principales novedades del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) es la obligatoriedad que, desde ahora, tienen las empresas de informar a los organismos de control de violaciones a sus sistemas de seguridad que afecten la integridad y confiabilidad de los datos personales de sus clientes o personal.

Pero primero vamos a definir ¿qué son violaciones de seguridad?

En el lenguaje corriente el término violación de seguridad y brecha de seguridad representan lo mismo. El RGPD incluye dentro de esta definición cualquier ataque o imprevisto que ocasione la desaparición, daño o alteración de datos o información personal previamente cedidos y utilizados para fines específicos. Así como el acceso y/o transmisión no autorizada de dichos datos de forma accidental o intencional, y la eliminación de uno o más registros de la base de datos de la organización, inclusive por su propio personal, cuando esta acción no haya sido aprobada y se considere una transgresión de la norma.

El procedimiento de control y notificación de las brechas de seguridad se trata de manera amplia en el RGPD, no sólo en la sección dedicada de forma exclusiva a este asunto, sino también en los segmentos relativos a la figura del Delegado de Protección de Datos o DPD y el Principio de Responsabilidad Proactiva, en ambos casos se refuerza la obligación de la empresa (del responsable, el encargado y el representante) de notificar oportunamente a las autoridades sobre las fallas en el protocolo de seguridad y la violación de los datos personales de los interesados.

El RGPD establece, en sus artículos 33 y 34, los procedimientos relativos a la notificación de las Autoridades y de las personas físicas afectadas.

Esta comunicación es obligación de todos los responsables del tratamiento de datos y no sólo de las empresas de telecomunicación y proveedores de servicio de internet, como solía ocurrir bajo la antigua Ley Orgánica de Protección de Datos o LOPD.

El responsable del tratamiento de datos debe:

  • Notificar a la Autoridad competente de la brecha de seguridad de acuerdo con las políticas y normas internas establecidas en los protocolos de seguridad y de conformidad con el nuevo Reglamento. 

  • Llevar un registro de todos los incidentes de seguridad dentro de la organización y que ocurran bajo su responsabilidad.
  • En caso de que la brecha suponga una amenaza directa a las libertades y derechos fundamentales de la persona; el responsable del tratamiento deberá cumplir con la notificación del interesado al igual que la de la Autoridad de Control y Supervisión de la Protección de Datos.
  • El aviso a la persona afectada debe ser inmediato, a fin de que el interesado tome las medidas y precauciones necesarias para resguardar su seguridad e intereses personales de la mejor manera.
  • El RGPD establece un plazo de 72 horas para la notificación.

¿Cuándo un incidente amerita la notificación?

  • Si la brecha de seguridad puede causar daños emocionales, físico y/o financieros.
  • Si el volumen o la naturaleza de los datos así lo exige.
  • Si se trata de datos sensibles.

El Departamento de Protección de Datos de Globalpacta está a su disposición para analizar el grado de cumplimiento que su empresa tiene en materia de Protección de Datos y realizar en caso necesario, la implantación o las adaptaciones oportunas que aseguren su total cumplimiento.


Rellene el formulario de abajo y un representante de Globalpacta se pondrá en contacto con usted. Si lo prefiere, puede ponerse en contacto con nosotros a través de la siguiente dirección de correo electrónico: 
info@globalpacta.com o a través del teléfono de contacto +34 93 363 79 10.


Para mayor información por favor visite: http://globalpacta.com/proteccion-de-datos 

 

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